Logotipo de la Fuerza Aérea de EE. UU.

2022-09-23 21:56:46 By : Ms. Aiwa Xue

A continuación se encuentran las estadísticas actuales de la enfermedad por coronavirus 2019 para el personal del Departamento de la Fuerza Aérea.21 de septiembre de 2022 Vigente a las 2 p. m. del 13 de septiembre de 2022*Estas cifras incluyen todos los casos que se informaron desde nuestra última actualización el 7 de septiembre. **Militar incluye componentes activos y de reserva.* Las estadísticas civiles no están contabilizadas.**Estos números están sujetos a cambios.El Departamento de la Fuerza Aérea está cumpliendo con la orden judicial de pausar todas las acciones disciplinarias y adversas para aquellos que se nieguen a recibir la vacuna contra el COVID-19 y que hayan presentado una solicitud de adaptación religiosa a tiempo.Esto incluye el procesamiento de aviadores del Comando de Reserva de la Fuerza Aérea a la Reserva Individual Lista (IRR).Médico: Las exenciones médicas las determina individualmente el proveedor médico del miembro.Administrativo: Las exenciones administrativas se determinan individualmente.Por ejemplo, si un miembro obtuvo una presentación aprobada por el comandante para la separación o el retiro antes del 1 de noviembre, está administrativamente exento.Alojamiento religioso: Los alojamientos religiosos son un subconjunto de exenciones administrativas y están determinados por los comandantes de MAJCOM/FLDCOM.La DAF tiene 30 días hábiles (componente activo en CONUS) para procesar las solicitudes.Los miembros que reciben una denegación de la solicitud de adaptación tienen cinco días calendario a partir de la denegación para 1) comenzar un régimen de vacunación contra el COVID-19, 2) presentar una apelación ante la autoridad de apelación final o 3) solicitar la separación o el retiro.Las apelaciones son determinadas por el Cirujano General de la DAF con aportes del capellán y el abogado del juez del personal.Las personas no tienen que vacunarse mientras su solicitud esté en proceso de decisión.Los afiliados que continúen negándose a obedecer una orden legal para recibir la vacuna contra el COVID-19 después de que su solicitud de alojamiento haya sido denegada o no haya sido aprobada su jubilación/separación estarán sujetos a la iniciación de un procedimiento administrativo de baja.7 de septiembre de 2022 Vigente a las 2 p. m., 6 de septiembre de 2022*Estas cifras incluyen todos los casos que se informaron desde nuestra última actualización el 23 de agosto. **Militar incluye componentes activos y de reserva.* Las estadísticas civiles no están contabilizadas.**Estos números están sujetos a cambios.El Departamento de la Fuerza Aérea está cumpliendo con la orden judicial de pausar todas las acciones disciplinarias y adversas para aquellos que se nieguen a recibir la vacuna contra el COVID-19 y que hayan presentado una solicitud de adaptación religiosa a tiempo.Esto incluye el procesamiento de aviadores del Comando de Reserva de la Fuerza Aérea a la Reserva Individual Lista (IRR).Médico: Las exenciones médicas las determina individualmente el proveedor médico del miembro.Administrativo: Las exenciones administrativas se determinan individualmente.Por ejemplo, si un miembro obtuvo una presentación aprobada por el comandante para la separación o el retiro antes del 1 de noviembre, está administrativamente exento.Alojamiento religioso: Los alojamientos religiosos son un subconjunto de exenciones administrativas y están determinados por los comandantes de MAJCOM/FLDCOM.La DAF tiene 30 días hábiles (componente activo en CONUS) para procesar las solicitudes.Los miembros que reciben una denegación de la solicitud de acomodo tienen cinco días calendario a partir de la denegación para 1) comenzar un régimen de vacunación contra el COVID-19, 2) presentar una apelación ante la autoridad de apelación final o 3) solicitar la separación o el retiro.Las apelaciones son determinadas por el Cirujano General de la DAF con aportes del capellán y el abogado del juez del personal.Las personas no tienen que vacunarse mientras su solicitud esté en proceso de decisión.Los afiliados que continúen negándose a obedecer una orden legal para recibir la vacuna contra el COVID-19 después de que su solicitud de alojamiento haya sido denegada o no haya sido aprobada su jubilación/separación estarán sujetos a la iniciación de un procedimiento administrativo de baja.